Marco del TSJ para las medidas de prevención dispuestas para el personal judicial.

El Tribunal Superior de Justicia firmó un decreto en el día de la fecha, mediante el cual le solicita al personal judicial que opte por alguna de las alternativas previstas para justificar su inasistencia, que ejerzan el derecho de modo serio, responsable y comprometido, con un claro objetivo de solidaridad social y preocupación auténtica en el escenario de salud pública actual.

El mismo decreto, también expresa que será obligatorio el aislamiento social y en todos los casos será consecuente el deber de colaboración del personal para la realización de tareas propias de su función a distancia, en forma virtual, en o desde su domicilio habitual, en horario equivalente al habitual de trabajo judicial, mediante los medios y bajo las indicaciones que en cada caso brinden los respectivos titulares de Organismos y Dependencias.

Se determinó también, la habilitación -en forma excepcional y mientras dure la situación de emergencia sanitaria- para el trabajo presencial o a distancia, los medios, dispositivos, herramientas y soluciones, de comunicación, de videoconferencia y de transmisión de información, documentación, texto o imagen, para que sea posible realizar en condiciones de seguridad actos que los responsables de Organismos consideren, quedando a cargo de los mismos la incorporación debida a las actuaciones que correspondan.

Las razones determinadas, previstas en el en el Decreto N° 166/20 de fecha 16 de marzo de 2020 son tres: por así corresponder a su situación personal; de salud o familiar, y se encuentran enmarcadas en las medidas de prevención y acciones desplegadas para contener la circulación y eventual exposición a contagio de esta enfermedad.

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