El tribunal de revisión integrado por los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y la jueza Carolina García confirmó lo resuelto por la jueza de garantías Carina Alvarez, el pasado 23 de septiembre, ante el pedido de la defensa de Carlos Alberto Soñé condenado en 2004 a 30 años de prisión efectiva por haber abusado de un menor que falleció producto de los abusos. (LEG 1177)

En la audiencia ante la jueza de garantías, la defensa había solicitado que se nulifique un informe de la Dirección de Población Judicializada y que se realice un nuevo informe para evaluar nuevamente la posibilidad de ampliar el régimen de salidas transitorias y disminuir los controles que posee actualmente el condenado. La jueza rechazó el pedido y mantuvo las salidas otorgadas hasta el momento que son dos salidas de 12 horas y una salida de 10 horas por mes, siempre con permanente custodia policial.
El informe que la defensa solicita repetir establece que Soñé, a pesar de contar con buena conducta en el penal, no ha mostrado signos de arrepentimiento, ni remordimiento con respecto a los actos de pedofilia con rasgos de sadismo cometidos. El tribunal rechazó nulificar el informe y sostuvo el actual régimen de salidas transitorias, confirmando que lo resuelto fue por la jueza Alvarez fue debidamente fundamentado.