En junio de este año se declaró responsable a un hombre por el delito de abuso sexual simple, reiterado. El imputado abusó de una menor durante dos años cuando la víctima tenía entre 13 y 14 años de edad. El hombre era pareja de su abuela y y los hechos ocurrían cuando la niña quedaba a su cuidado. (LEG 197077)
La fiscalía había solicitado tres años de prisión en suspenso, mientras que la defensa había solicitado el mínimo de 6 meses. El juez de garantías Gustavo Ravizzoli, consideró, como principal agravante para apartarse del mínimo que establece el Código Penal, la naturaleza de la acción, extensión en el tiempo en que se cometieron los abusos y la vulnerabilidad de la víctima, considerando la perspectiva de niñez que se debe tener en estos casos.
El juez dictó para el declarado responsable una pena de dos años de prisión en suspenso, tiempo en el cual deberá presentarse cuatrimestralmente ante la Dirección de Población Judicializada y tendrá prohibido tomar contacto por cualquier medio con la víctima o su madre. Una vez la sentencia quede firme, el hombre deberá ser inscripto en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).