Tres hombres serán juzgados por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa. Uno en calidad de autor y los dos restantes como partícipes necesarios, dado que le facilitaron el arma al primero y propiciaron su huida. El proceso estará a cargo de un tribunal colegiado, de acuerdo a lo decidido por la jueza de garantías Carolina González en una audiencia de control de acusación, que se desarrolló durante dos jornadas.
De acuerdo a la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, M.S.B., C.R.C. y R.L.C. el 24 de enero de 2025 se dirigieron en un vehículo al domicilio de la víctima en la localidad de Zapala. El primero descendió, mientras los dos restantes lo aguardaron en el automóvil, estacionado a pocos metros del lugar. M.S.B. abrió el portón e ingresó a la parte interna del patio delantero de la vivienda de la víctima, y cuando ésta salió comenzó a dispararle con arma de fuego. El primer disparo no salió y, cuando la víctima comenzó a correr, M.S.B. le disparó otras cuatro veces. El segundo disparo no impactó en su cuerpo, pero los restantes lo hirieron en la cadera y dos en el muslo. Uno de ellos se desvió y perforó su intestino.
El defensor de los imputados se opuso a la calificación legal. Sobre M.S.B. solicitó que se modifique a la de lesiones graves, dado que –aseveró- que no existió intención homicida. En el caso de C.R.C. y R.L.C., que fueron imputados como partícipes necesarios y les correspondería la misma pena que al autor, solicitó que sean imputados como partícipes secundarios, lo que les significaría una sanción menor.
“Sería excesivo descartar la tentativa de homicidio en un control de acusación. Entiendo que se puede discutir en juicio y que la fiscalía va a tener que esforzarse, pero frenar la calificación ahora me parece un exceso”, explicó la jueza.
Acerca de C.R.C. y R.L.C., argumentó que existe evidencia que permite sostener que son partícipes primarios: “el hecho de buscar a otro, darle el arma y esperarlo después de los disparos para la huida para de esa forma asegurar la impunidad, entiendo que no es un accionar secundario”.
