La defensa de Gloria Ruiz y de una de las funcionarias solicitaron ante un tribunal de revisión que se deje sin efecto la declaración de inhibición general de bienes dispuesta por el Juez de garantías Lucas Yancarelli el pasado viernes 17 de octubre, argumentando que el juez resolvió la medida de manera arbitraria y que excede el monto que la fiscalía pretendía cautelar con esta medida. (LEG 327665)
El tribunal integrado por los jueces Marco Lupica Cristo, Juan Pablo Encina y la jueza Carolina García resolvió revocar parcialmente lo resuelto por el juez de garantías, entendiendo que este tipo de medida no puede ser tomada de manera amplia: si existen bienes determinados debe procederse aplicando embargos en bienes específicos por un monto concreto. El juez de garantías no explicitó por que no se pueden embargar bienes determinados en este caso y sólo se limitó a fundamentar que el embargo no alcanzaba pero no fundamentó el por qué. Por otra parte el juez no se remitió a una pericia contable y estableció un monto sin un fundamento contable, sino a partir de un cálculo aproximado.

El tribunal agregó que la inhibición sólo puede aplicarse sobre bienes registrables y en el caso de la funcionaria imputada, la inhibición genérica cae sobre todos los bienes sin considerar si esos bienes exceden el monto pretendido por la fiscalía y alcanzando las cuentas jubilatorias que son inembargables. Tampoco se explica por qué el juez define ese monto, sin conocer los gastos reales de la imputada y sin individualizar la situación patrimonial de cada uno de los imputados.
De esta manera, por unanimidad el tribunal dispuso revocar parcialmente la decisión del juez de garantías Lucas Yancarelli en la parte dispositiva de la medida cautelar respecto a la inhibición general de bienes.