El Tribunal de Impugnación integrado por las juezas Estafanía Sauli, Liliana Deiub y el Juez Richard Trincheri, declaró inadmisible la impugnación interpuesta por las defensas de dirigentes sociales investigados por extorsión, a partir de una denuncia de la Fiscalía de Estado (LEG 303176).
El juez de garantías Juan Guaita, el mes pasado había rechazado el pedido de sobreseimiento presentado por las defensas de los dirigentes sociales. El Tribunal, por unanimidad, estimó que los recursos no debían tratarse porque, según lo establecido en el Código Procesal Penal, no se puede impugnar la denegatoria de un dictado de sobreseimiento. Tampoco se trata de un auto procesal importante (esto significa que no es una resolución que produzca un efecto significativo en el proceso) y no configuran un perjuicio de imposible reparación ulterior. Por otra parte, teniendo en cuenta la fecha del comienzo de la investigación, tampoco aparece violentada la garantía constitucional del Plazo Razonable.
En virtud de esto la resolución del Juez Juan Guaita quedó confirmada.