Se transfirió 3 millones desde la cuenta de un hombre convaleciente y deberá devolverlos

La jueza penal Leticia Lorenzo suspendió el proceso a prueba de una mujer que se transfirió tres millones de pesos desde la cuenta bancaria de un hombre convaleciente a una propia. En agosto se le habían formulado cargos y esta mañana las partes presentaron el acuerdo al que arribaron. 

La suspensión del juicio a prueba incluye una serie de pautas de conducta y condiciones que deberá cumplir durante los próximos 12 meses, entre ellos la devolución del dinero a los hijos de la víctima, quien falleció recientemente. 

Los hechos ocurrieron en julio de 2024 en el marco de una relación de confianza existente entre el hombre y M.E.F., quien lo asistía con trámites y pagos. La calificación legal atribuida por el Ministerio Público Fiscal fue la de defraudación mediante uso no autorizado de datos bancarios.

Lorenzo recordó que “en la audiencia inicial les había anticipado que por la pena establecida en el Código Penal para este delito, el Código Procesal Penal habilita la posibilidad de la suspensión de juicio a prueba”, y explicó que “en esta  audiencia se determinó que la imputada cumple con los requisitos, es decir, no tiene antecedentes y la escala penal habilita la pena de cumplimiento condicional”.

En ese sentido, recordó que la probation es “una medida que se debe evaluar preponderantemente por el Artículo 17 de la ley que nos rige en la provincia. Si las partes han  arribado a un acuerdo, debe ser evaluado y respetado, salvo que exista algún elemento que implique apartarse de la norma, y en este legajo no se da”.

Artículo 17º Solución del conflicto. Los jueces y fiscales procurarán la solución del conflicto primario surgido a consecuencia del hecho, a fin de contribuir a restablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social. La imposición de la pena es el último recurso. 

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