El juez de garantías Lucas Yancarelli dio a conocer la pena que deberá cumplir Claudio Calfuqueo, quien fue condenado por un jurado popular por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo. En su veredicto, consideró que ni los dos años de prisión efectiva solicitados por la fiscalía, ni el pedido de la defensa de considerar cumplida la pena al haber estado el imputado un año y dos meses con prisión preventiva daban una salida a la situación de fondo.
Considerando toda la situación de violencia que se pudo conocer durante las dos etapas de juicio, en las que quedó de manifiesto las numerosas denuncias por parte de la víctima y la extensión del daño causado, el juez Lucas Yancarelli resolvió imponer a Claudio Calfuqueo la pena de un año y diez meses de prisión de ejecución condicional bajo la condición del cumplimiento de diversas normas de conducta por el término de tres años y seis meses.
Como medidas principales de conducta y del mismo modo que viene cumpliendo, el juez impuso al declarado responsable por el jurado la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la víctima, la obligación de someterse a un tratamiento psicológico para erradicar todo atisbo de conductas violentas hacia semejantes y en especial eventuales parejas y de realizar cursos de masculinidades dictadas por el Ministerio Público Fiscal. También deberá presentarse ante la Dirección de Población Judicializada cada tres meses e informar cualquier cambio de domicilio. Además ordenó el manteniendo del dispositivo dual (tobillera electrónica) hasta tanto, en etapa de ejecución y en base al cumplimiento de estas imposiciones, se considere que se pueda dejar sin efecto.