En mayo de 2024, a partir de una denuncia de la Fiscalía de Estado, el Ministerio Público Fiscal inició una investigación y realizó allanamientos y detenciones en sedes de organizaciones sociales y en domicilios de miembros de estas organizaciones.
En octubre del 2024, la fiscalía desdobló la investigación y la semana pasada solicitó la formulación de cargos a seis personas por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública. (LEG 324246).
Por otra parte, otro grupo de personas continuaban siendo investigadas por el delito de extorsión (LEG 303176). En febrero de este año, la fiscalía resolvió archivar esta segunda causa sin formular cargos. Las defensas de las personas que formaban parte de la investigación archivada solicitaron su sobreseimiento, alegando que la exposición mediática a la que fueron sometidas durante los allanamientos y posteriores declaraciones de la fiscalía requería que se aclare su situación procesal aunque no haya habido una formulación de cargos.
El juez de garantías Juan Guaita resolvió rechazar lo solicitado por los defensores, fundamentando esta resolución en el hecho de que al no haber una formulación de cargos existe una imposibilidad de realizar un sobreseimiento tener en claro la causa por la cual se los está investigando. Por otra parte, el plazo de la investigación aún no llega a un año desde la denuncia de la Fiscalía de Estado y en los pocos ejemplos en los que se sobreseyó a alguna persona sin habérsele formulado cargos fue con el consentimiento de la fiscalía, lo cual no ocurre en este caso. El juez consideró que en esta causa los investigados se encuentran en libertad y la investigación se encuentra dentro de los plazos razonables.