Ratifican beneficio de justicia gratuita para un trabajador que demandó a una ART

La Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia del interior de la provincia ratificó el beneficio de justicia gratuita para un trabajador que sufrió un accidente laboral. Asimismo, consideró que es aplicable la Ley 24.240, dado que hay una relación de consumo con la Aseguradora de Riesgos de Trabajo. 

De esta forma, la resolución de la Sala 1, integrada por los jueces Manuel Castañón López y Pablo Furlotti, confirmó una decisión de primera instancia y rechazó el recurso de apelación presentado por la ART que pretendía que no se otorgara el beneficio al empleado.

La Cámara interpretó que es aplicable al caso la normativa de defensa del consumidor, dado que existe “un vínculo jurídico directo con el trabajador, quien lejos de ser un tercero beneficiario es un verdadero acreedor de las prestaciones obligatorias”. En ese sentido, se consideró que una interpretación amplia del beneficio de justicia gratuita importa una asignación unidireccional de las costas, que no pueden ser impuestas al consumidor salvo fundados casos de excepción.

El fallo vinculó el beneficio con la garantía del acceso a la justicia de los consumidores, al eximirlos del riesgo económico que implica la promoción de un juicio, resultando un incentivo para defender los derechos vulnerados y para generar acuerdos autocompositivos de los conflictos.

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