El juez Marco Lupica Cristo hizo lugar al pedido de la defensa de otorgar una prórroga de 45 días corridos con el fin de realizar una solicitud de asistencia judicial internacional activa al reino de España para la audiencia de impugnación interpuesta en la causa en la que fue condenado el maestro de música del jardín 31. La defensa solicitó que la citación se realice de manera oficial según establece la Ley según el acuerdo existente entre Argentina y España. (LEG 231533)
Lo resuelto por el juez de garantías fue con el fin de garantizar la tutela judicial efectiva y ordenó requerir por la vía diplomática oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Departamento de Asistencia Jurídica Internacional, para que el testigo comparezca a prestar declaración vía zoom (o telemática según la nominación de la Ley de enjuiciamiento en España) para la audiencia de impugnación de las sentencias de responsabilidad y pena interpuestas por la defensa.
La solicitud no implica una prórroga del proceso, sino la adopción de una medida procesal necesaria para cumplir con los plazos y requisitos formales establecidos en el tratado bilateral vigente entre Argentina y España (Ley 23.708), el cual exige que las notificaciones internacionales de comparecencia sean diligenciadas con un mínimo de 45 días de antelación.