Dictan la pena para Diego Alberto Riquelme

El tribunal conformado por las juezas Carina Alvarez, Patricia Lupica Cristo y el juez Nazareno Eulogio dictó una pena de 3 años de prisión condicional para Diego Alberto Riquelme, declarado responsable por dos hechos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género. Los hechos ocurrieron en agosto de 2024.

El Código Penal, para este tipo de delito, prevé una pena mínima de 6 meses y una máxima de 2 años, y por haber sido dos hechos, la pena máxima puede ser de hasta 4 años. El tribunal, en este caso, valoró como agravantes la naturaleza de la acción al utilizar una cadena en el primer hecho y una tijera en el segundo para agredir a la víctima y los dos agravantes que quedaron acreditados en la sentencia de responsabilidad, y como atenuantes consideró la falta de antecedentes penales, el sincero pedido de disculpas del imputado a la víctima y la situación de calle y adicciones que ambos (víctima y victimario) padecían. También consideraron positivos los informes de la comisaría en cuanto al positivo cambio de actitud de Riquelme durante el año en que permaneció en prisión preventiva.

Los jueces destacaron que, para mantener la condena condicional, el imputado deberá cumplir durante los próximos tres años con las siguientes reglas de conducta: Fijar domicilio, presentarse cada 4 meses ante la Dirección de Población Judicializada, no tomar contacto con la víctima ni con familiares de la víctima ni directa, ni a través de otra persona por ningún medio. Además se le prohibió el acercamiento a menos de 500 metros de la víctima. En el término de un mes deberá acreditar un trabajo u oficio, iniciar un taller sobre masculinidad y violencia de género y abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcóholicas. Ante cualquier incumplimiento a estas reglas o cualquier otro delito que cometa se revocará la condicionalidad de la condena.

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