El juez Juan Pablo Encina rechazó el pedido de una detención domiciliaria en otra provincia por parte de la defensa de un hombre al que el pasado 18 de julio le formularon cargos por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por el contexto de violencia de género. (LEG 351720)
En esa audiencia se dispuso una medida cautelar de prisión preventiva por el término de dos meses debido a los peligros de fuga y de entorpecimiento de la investigación, pero fundamentalmente por la protección hacia la víctima.
En la audiencia de hoy, a pesar de que la víctima no se opuso a la detención domiciliaria solicitada por el imputado, el juez consideró que esta postura de la víctima debe ser considerada con perspectiva de vulnerabilidad y diligencia reforzada. El ciclo de violencia en el que se encuentra inmersa no permite a la víctima dar su parecer con libertad. En base a lo resuelto por el juez de garantías, el imputado permanecerá con prisión preventiva.