Condenan a una aseguradora a cumplir con lo pactado en la póliza

La Sala II de la Cámara de apelaciones, integrada por los vocales Patricia Clerici y Pablo Furlotti, condenó a una aseguradora a cumplir con lo pactado en la póliza, por existir destrucción total del vehículo.

El caso se originó a raíz de un siniestro ocurrido el 8 de julio de 2022, donde el vehículo del actor sufrió daños. La controversia principal giró en torno a si los daños constituían una «destrucción total» según los términos de la póliza de seguro.

Según la póliza, la «destrucción total» no implica que el vehículo quede inutilizado, sino que se refiere a una «reparación antieconómica». Esto sucede cuando el costo de la reparación es igual o superior al 80% del valor de mercado del automóvil al momento del siniestro. La contemporaneidad entre el costo de la reparación y el valor del vehículo “es de suma importancia- subraya el fallo-, porque en atención a los avatares de la economía nacional, lo que ayer fue reparación antieconómica podría hoy no serlo, y a la inversa”.

La aseguradora cuestionó que el perito no determinó el valor del vehículo al momento del siniestro, lo que dificultaría la comparación con el costo de reparación. No obstante, la Cámara, a pesar de la falta de presupuestos contemporáneos, tuvo por auténtico el presupuesto presentado por el actor en noviembre de 2022. Al comparar el costo de reparación con el valor de mercado del vehículo a esa fecha, se confirmó que el costo de la reparación superaba el 80% del valor de plaza del vehículo, ratificando la «destrucción total».

En este sentido, manifestó que “la cláusula contractual es clara, en que la relación valor en plaza – costo de la reparación tienen que evaluarse al momento del siniestro” y por esta razón, confirmó la condena a la aseguradora al pago del precio del vehículo a valores cercanos a la fecha del siniestro, con más sus intereses, e indemnización por privación de uso del automotor y daño moral.

Publicado en Sentencias y Resoluciones y etiquetado .