El tribunal integrado por la jueza Estefanía Sauli, y los jueces Raúl Aufranc y Luis Giorgetti condenó a un hombre a la pena de 10 años de prisión efectiva. El hombre había sido declarado responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la duración y la modalidad en el caso de una de las víctimas y abuso sexual continuado con respecto a la segunda víctima, en ambos casos la calificación se encuentra doblemente agravada por la guarda y por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años. (LEG 289019)
En el juicio de determinación de la pena la fiscalía había solicitado una pena de 12 años de prisión efectiva mientras que la defensa solicitó el mínimo de 8 años que prevé el Código Penal para estos delitos. El tribunal consideró como agravantes la extensión del daño causado y la prolongación en el tiempo en el que se cometieron los reiterados abusos (durante cinco años). También se tuvo en cuenta la diferencia etaria y el consecuente estado de indefensión de las víctimas. Como único atenuante se consideró la falta de antecedentes condenatorios.
El imputado deberá inscribirse en el RIPeCoDIS (Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual) donde quedarán registrados sus datos genéticos.