La jueza Adriana Luna, a cargo del Juzgado de Familia N° 6, estableció un régimen de comunicación entre una adulta mayor con alzheimer y sus hijos en el marco de un expediente en el cual se solicitó la restricción de la capacidad de la mujer de 89 años. La decisión se tomó luego de una extensa audiencia de la que participaron todas las partes involucradas y procuró darle una salida con perspectiva basada en derechos humanos a la causa.
La magistrada relató que la audiencia se extendió por más de dos horas y se realizó con la presencia de los cuatro hermanos adultos y una nieta, que mantenían un conflicto por el régimen de comunicación con su progenitora de 89 años. La mujer convive con una de sus hijas y una nieta, quienes en la sentencia de restricción de capacidad fueron nombradas figuras de apoyo, es decir, son las personas que tienen a cargo aquellos trámites que ella no puede ejercer por sí misma.
En el contexto del encuentro, se determinó la reanudación del contacto interrumpido por los conflictos familiares, a través de un acuerdo que permitirá que la adulta mayor con padecimientos mentales pueda ejercer su derecho a mantener contacto y recibir contención de su familia de origen. Incluso mantendrá contactos virtuales con uno de ellos con residencia en el exterior.
Las diferencias familiares habían surgido luego de la sentencia que determinó la restricción de capacidad, producto de su deterioro cognitivo, y se hicieron latentes con las presentaciones posteriores de los hijos y la nieta que daban cuenta de la conflictividad familiar en aumento. Por ello se convocó de oficio a la audiencia de la que participaron todos los involucrados.
