Adolescente víctima de abuso sexual no deberá declarar en juicio

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia resolvió que una adolescente de 17 años, víctima de abuso sexual por parte de su abuelo, no deberá prestar declaración testimonial durante el juicio oral. La resolución rechaza el pedido formulado por la defensa del imputado, que había sido previamente avalado por un tribunal de impugnación.

El máximo tribunal provincial estableció que se utilizará la declaración que la menor brindó oportunamente en cámara Gesell, evitando así su revictimización durante el proceso judicial.

“El órgano revisor se limitó a determinar si la presunta víctima, por su edad, tenía la capacidad para prestar un testimonio en juicio sin tener en cuenta las circunstancias concretas y  particulares del presente legajo”, señala el pronunciamiento, y añade: “se priorizó el derecho del imputado a confrontar una prueba de cargo sobre el derecho de la menor a no padecer una revictimización secundaria”. 

Durante la audiencia de control de la acusación realizada en marzo pasado, momento procesal en el que se define la prueba que será admitida, el juez de garantías Lucas Yancarelli resolvió que debía practicarse, un mes antes del comienzo del juicio, una pericia psicológica a la víctima, con el objeto de determinar si se encuentra en condiciones de declarar en el debate oral. 

La decisión del magistrado se originó en un planteo de la defensa del imputado, la cual consideró que la menor estaba a punto de cumplir 17 años y que la cámara Gesell es un anticipo jurisdiccional de prueba reservado para los menores de hasta 16 años. Por ello, debía dar su testimonio en juicio. 

A raíz del recurso ordinario deducido por las partes, un Tribunal de Impugnación revocó la decisión de Yancarelli por pretender producir prueba de oficio y por omitir la resolución de las cuestiones planteadas, dado que el magistrado sostuvo que el tribunal de juicio debía determinar si era viable la declaración de la víctima. También, en ejercicio de competencia positiva, determinó que no se realice la pericia dispuesta por el juez de garantías y ordenó que la menor dé su testimonio en el debate. 

El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el Tribunal de Impugnación “resolvió sin  perspectiva de género e infancias” y en el mismo sentido, desde la Defensoría del Niño y el Adolescente, manifestaron que “las víctimas menores de edad no deben ser tratadas como objeto de prueba, sino como sujetos de derechos”. 

En esa sintonía, la Sala Penal,  revocó el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación y dejó sin efecto la resolución que admitió la comparecencia personal de la menor ante el tribunal. Por último, admitió la reproducción de la entrevista realizada a la víctima en Cámara Gesell durante el juicio. 

P.F.C.L. será juzgado por un tribunal colegiado por el delito de abuso sexual simple en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado. 

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